Finiquito

Un finiquito es un escrito por el cual se establece la terminación de afinidad laboral existente entre el patrono y el empleado. Al momento que el patrono firma el documento queda completamente librado de acreditar cualquier pago al empleado, y el empleado está libre de cumplir cualquier orden o algún compromiso.

En el caso que alguna de las dos partes implicadas tiene algún tipo de inconveniente con el documento redactado puede solicitar ante el ministerio la constancia de que el escrito fue inspeccionado anteriormente por los entes respectivamente encargados. En la coordinación de atención de pública, en la inspección del trabajador correspondiente donde un fiscal del trabajador hará una identificación tanto del trabajador como del patrono, les indicará cuáles son sus derechos laborales, teniendo el trabajador la potestad de conservarse el derecho a recibir beneficios, que no son incluidos en el finiquito con la continuidad al plazo de convalidación siempre y cuando ambos estén en total acuerdo que el procedimiento se realice de esta manera.
En un finiquito se estampa la propuesta de liquidación de los montos convenientes y adecuados dados del patrono hacia el empleado, que tiene como finalidad darle fin al contrato o convenio del trabajador, dado por mutua acuerdo bien sea por despido o renuncia del empleado o por jubilación, entre otras determinaciones fijadas por el artículo 49 del reglamento de los trabajadores fueron divididas en secciones capítulos:

  1. Identificación: se recaudan los datos identificativas de ambas partes asistentes en el finiquito. Los datos requeridos al patrono son el número fiscal, y por parte del trabajador se le solicita el número de afiliación en el seguro social e identificación fiscal.
  2. Devengos: en esta sección se recaudan todo las consideraciones del motivo por el cual el trabajador debe recibir dinero. En el documento del finiquito se incluye los días de sueldos no abonados, la indemnización, los días de vacaciones no disfrutados y los pagos y bonos extras.
  3. Deducciones: a partir del devengado se exponen los criterios por el cual el trabajador conserva o retira dinero. El incumplimiento del preaviso establecido en mutuo acuerdo, los anticipos otorgados o las cuotas que corresponden a las retenciones fiscales, las deducciones proceden.