Ipso Jure

Ipso Jure es un término empleado en los ámbitos legales, su origen es latino por lo que también es conocido como Ipso Iure. Ipso en español significa “él mismo” y Jure al castellano se traduce literalmente como “de derecho”.

Lo que quiere decir que al expresar algo como Ipso Jure decimos “de pleno derecho, por expresa disposición legal, por virtud del derecho mismo o por ministerio de la ley”, es decir, es aquello que se define bajo la norma legal, que se apega a ley y por ende al derecho.
Dentro del entorno jurídico (juicios, pleitos legales, discusiones parlamentarias o en organizaciones en las que se aplique una determinada ley) esta voz es empleada para señalar o indicar una situación que se deriva sin que se origine un hecho o acto de tipo legal, sino que proviene del derecho mismo, es decir, se puede comprender tácitamente. Caso contrario ocurre con la expresión también latina “Ipso Facto”, que quiere decir “por el mismo hecho, o por virtud del hecho”, también significa “en el acto o inmediatamente”.
La locución Ipso Jure se utiliza con la finalidad de que al presentarse una condición en donde se produzcan efectos legales o alguna modificación, ésta no requiera de una declaración jurídica, puesto que ya está establecido en la norma legal de ese modo. Lo que quiere decir que si por ejemplo existe un conflicto entre dos partes, hay cosas que se declaran Ipso Jure a favor de alguna de estas, sin que ésta así lo solicite, simplemente por el hecho de que ya está establecido en el reglamento o la norma jurídica correspondiente.