Mandante

El principal es la persona que, en el contrato consensual de mandato, confiere a otro, llamado agente, su representación, verbalmente o por escrito, le confiere una administración en su nombre o le autoriza a llevar a cabo un negocio en su nombre. Esa identificación sólo puede conferir un mandato, el hecho de ser mandante quiere decir, que tiene capacidad legal para realizar el mandato otorgado al agente.

Es una persona que en el contrato consensual llamado mandato confía a otro su representación personal, o la gestión o el desempeño de una o más empresas. De acuerdo con la forma de gobierno representativo, el poder no es ejercido directamente por las personas, sino a través de personas elegidas como sus representantes. Entre ambas partes se establece un vínculo en el que las personas (el principal) otorgan un mandato al gobierno (el agente).
Un cliente se puede definir, desde un punto de vista funcional, como una unidad independiente. Pero es importante aclarar que dentro del punto de vista fiscal, legal, organizativo y funcional hasta el punto de que puede decirse que un principal representa a una empresa dentro de una empresa.
El mandato es un convenio en el que un individuo confía la gestión absoluta de una o más empresas a otra persona, que se hace cargo de ellas a riesgo de la primera. La persona que otorga la asignación se llama director o principal, y la que la acepta, abogado y en general, agente.
El director confía su representación personal o la administración de su negocio a la otra parte, el agente. Esto significa que el agente, por lo tanto, se hace cargo de los asuntos en nombre del cliente.