Simonía

Simonía es la acción o la intención de negociar con cosas espirituales, como sacramentos o posiciones eclesiásticas. La simonía fue uno de los principales pecados de la sociedad eclesiástica de la Edad Media; la más común de las simonías era la venta de puestos eclesiásticos al mejor postor.

La simonía estuvo muy extendida entre el siglo IX y el siglo XI. Durante ese período de simonía, la vida de la iglesia estuvo impregnada en todos los niveles, desde el bajo clero hasta el papado. En el momento de la Reforma, los principales abusos se centraban en la venta de indulgencias y reliquias.
La ley eclesiástica prohíbe la simonía y la condenación como una práctica pecaminosa que denota una comprensión superficial de los valores espirituales. Todas las transacciones monetarias que rodean objetos religiosos bendecidos o consagrados son oraciones prohibidas, y las masas (excluyendo las ofertas eclesiásticamente autorizadas para el apoyo del clero), las oficinas y promociones de la iglesia.
Simonía generalmente se define como «una intención deliberada de comprar o vender a un precio temporal cosas como espirituales que encierro». Si bien esta definición solo habla de comprar y vender, todo intercambio espiritual de cosas temporales es simoníaco. Tampoco es la rendición de lo temporal como el precio de lo espiritual necesario para la existencia de la simonía, según una proposición condenada por Inocencio XI (Denzinger-Bannwart, no 1195). Basta que el motivo determinante de la acción de uno de las partes obtienen una compensación de los demás.
Para estimar con precisión la seriedad de la simonía, que algunos escritores eclesiásticos medievales denunciaron como el más abominable de los crímenes, debemos distinguir entre las violaciones de la ley divina y el trato contrario a la legislación eclesiástica. Cualquier transgresión de la ley de Dios en este asunto se considera objetivamente, en todos los casos graves (mortalis ex toto genere suo).
Para este tipo de lugares simonía en un par de cosas naturales, sobrenaturales, temporales y eternas , también constituye una depreciación sacrílega de los tesoros divinos. El pecado puede ser venial sólo por la ausencia de las disposiciones subjetivas requeridas para la comisión de un delito grave.