Una Novation no es más que la modificación, sustitución o transferencia de un proceso obligatorio legal. Cuando esa obligación desaparece, hablamos de extinción o de novación propia. Por otro lado, si se cambia la obligación principal, enfrentamos una novación modificativa o inapropiada.
Básicamente el término ¨Novacion¨ refiere o expresa según el ámbito legal en el que se presente, por ejemplo; en un contrato, la obligación que existe antes de la novación son completamente válidos. El agente de una persona no puede realizar la novación, pero está especialmente facultado. Se puede dividir entre otras nociones subjetivas (que, a veces, se subdividen en activas o pasivas), novaciones objetivas o novaciones mixtas. Las llamadas novaciones objetivas se entienden como un contrato a través del cual se puede evitar la obligación.
Por otra parte, se entiende por ¨Novacion¨ a aquel proceso por el cual una institución financiera cambia las condiciones de la hipoteca a solicitud de los titulares de la misma. Luego, cuando cambie la hipoteca, también puede cambiar las tasas de interés, así como el plazo o la cantidad o incluso los titulares.
Tabla de Contenidos
Clases de Novación
- Subjetivo, que se subdivide en activo o acreedor y pasivo o deudor.
- Objetivo.
- Mixta.
Por su constitución también se divide en expreso o tácito y convencional o legal, aunque la doctrina solo acepta lo convencional. También es cierto que el legislador una vez más está lidiando con este problema, lo que implica una definición clara.
Requisitos de Novación
- Es esencial que exista una obligación previa de extinguir.
- Para crear una nueva obligación.
- Nueva obligación nueva mar diferente a la anterior.
- Las partes deben tener la capacidad necesaria para novatar.
- Las partes deberían probar novate.
Como se mencionó anteriormente, hubo tres tipos de novaciones. Una de ellas fue la novación objetiva, que se puede hacer a través de lo siguiente:
- Cambio de causa.
- Cambio de objeto.
- Cambio de condiciones principales.
Por otro lado, la novación subjetiva puede llevarse a cabo mediante lo siguiente:
- Cambio de acreedor, con la aceptación expresa del deudor.
- Cambio de deudor, con la aceptación expresa del acreedor.
- Novacion mixta el cual consiste en probabilidades de novacion subjetiva y novación objetiva.