Obvención

Obvención es un término que según la real academia española es la utilidad, fija o eventual, a parte del sueldo disfrutado por un individuo, gracias a una actividad determinada, lo que quiere decir que es una remuneración o bono obtenida por un individuo el cual, sin incluir las actividades laborales, desempeña tareas adicionales con el fin de tener un ingreso superior al del sueldo o también puede ser una recompensa por su buena labor y excelente rendimiento. Esta palabra proviene del latín “obventĭo” que se relaciona con dativo o bono.
Una obvención puede ser o no una remuneración extra fija (recurrente o esporádica) y también puede ser considerada como tal aun si es recibida por un medio distinto al trabajo convencional por prestar sus servicios a una entidad u organización.
En otro uso de la palabra, obvención es la forma de llamar al tributo o impuesto de la Iglesia dado por aquellos contribuyentes que de alguna forma han decidido brindar apoyo económico a esta. A través de la historia, en Europa, la obvención eclesiástica ha sido el desencadenante, cada año, de un largo debate entre el Estado y la Iglesia las cuales son entidades separadas a causa del financiamiento de los ciudadanos a la organización religiosa.

En América, con respecto a la obvención eclesiástica, existen dos formas de financiación de las confesiones religiosas. La primera corresponde a la directa, en la cual el Estado respalda económicamente a las distintas religiones, en primer lugar a la de mayor tradición o popularidad mediante un servicio presupuestario. La segunda corresponde a la financiación indirecta en la cual las organizaciones dirigidas por feligreses y ellos mismos realizan el tributo.