Finca

Al nombrar la palabra finca nos referimos a un tipo de propiedad que en la mayoría de los casos tiene que ver con la producción agrícola-ganadera. El nombre es común principalmente en España y algunos países latinoamericanos como Argentina o Uruguay, pero no en todos porque cada país tiene un nombre diferente para este tipo de establecimientos.

Una de las características principales de la finca es que es una tierra claramente delineada, buscando establecer la propiedad privada que una persona o un grupo de personas puede tener en esa tierra. La limitación que esta propiedad tiene puede ser visible o no, es decir, aparecer oficialmente en los títulos de propiedad.
Se trata de un establecimiento que se desarrolla en el área rural y que se dedica a la producción de algún tipo de elemento agrícola o animal. Las fincas suelen ser establecimientos situados en terrenos bastante anchos, con un centro habitable, grandes extensiones de tierra y otros establecimientos relacionados con la producción como la lechería, molinos, silos, etc. La finca también puede ser un tipo de bienes raíces que no está dedicado A la producción y es más que nada un tipo de propiedad de lujo de los sectores más altos de la sociedad.
La propiedad representa el inmueble por excelencia: la tierra. Ha tenido gran importancia desde la antigüedad debido a su importancia económica en la era de la pre industrialización, siendo el símbolo de la riqueza y la prosperidad. Por lo tanto, la regulación de bienes raíces ha sido muy extensa desde tiempos muy antiguos. Con la aparición de regulaciones sobre la regulación urbana, la capacidad del propietario para usar la tierra ha sido limitada. Por esta razón, se ha diferenciado en muchos casos dependiendo del destino que se da a la finca, distinguiendo entre: Fincas rústicas: las destinadas a la agricultura, ganadería, etc.
Fincas industriales: destinadas a la construcción de zonas industriales y de negocios; Granjas urbanas: con mucha mayor capacidad de construcción, por lo general son las de mayor valor económico.
El cambio de una clasificación se denomina calificación urbanística y sólo puede ser llevado a cabo por la autoridad competente para el desarrollo de los planes urbanos.